DICCIONARIO CONTABLE
CARLOS ENRIQUE QUINTERO MORENO
GRADO: 11-B
INSTITUCIÓN EDUCATIVA COLEGIO SIMÓN BOLÍVAR
ÁREA: CONTABILIDAD
ZARZAL-VALLE, SEP- 15 - 2011
DICCIONARIO CONTABLE
ADUCE: Presentar pruebas, razones.
ARBITRAR: Proceder libremente, usando de su facultad y arbitrio.
ARBITRIO: Facultad humana de adoptar una resolución con preferencia a otra.
ÁRBITRO: Persona encargada de dirimir un litigio entre dos o más personas que deciden expresamente someterlo a su decisión.
ARCHIVAR: Poner y guardar papeles o documentos en un archivo.
B
BENEFICIARIO: Persona que recibe los beneficios unidos a un valor negociable o titulo.
C
CÁMARA DE COMERCIO: Son personas jurídicas sin ánimo de lucro, de carácter corporativo y gremial sujetas en la ejecución de todos sus actos de administración, gestión y contratación al derecho privado sin que formen parte integral de la administración pública.
CÓDIGO DE COMERCIO: Es un conjunto unitario ordenado y sistematizado de normas de Derecho Mercantil, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones mercantiles.
COMPETITIVO: Capacidad que tiene una persona o cosa competitiva que le permite oponerse a otros en la consecución de un mismo fin.
CONCOMITANTE: que actúa, acompaña o colabora en el mismo sentido que otra cosa.
CONSIGNACIÓN: Destinar un dinero para el pago de una deuda. Depositar una cosa.
CORPORATIVA: es una entidad jurídica que consiste en un grupo de personas que han formado una asociación con propósitos comerciales o sin fines de lucro. Esta asociación formal, reconocida como persona jurídica y amparada por el derecho de sociedades, cuenta con sus propios privilegios y responsabilidades distintos a aquellos de sus miembros (personas naturales).
CORRETAJE: Profesión y oficio del corredor.
COTIZACIÓN: Pago de una cuota. / Publicación.
CHEQUE: Es una orden de pago liberada contra un banco en el cual librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente o en autorización para girar en descubierto (liberar cheque sin tener los fondos suficientes, previo autorización del banco.
CHEQUE AL NOMINADOR: cheque extendido a nombre de una persona que solo esta puede cobrar.
CHEQUE AL PORTADOR: El banco pagará el importe del mismo a cualquier persona que lo presente al cobro.
CHEQUE CRUZADO: Es aquél en el que se trazan dos rayas paralelas y que solo puede ser pagado a un banco o a un cliente de éste.
CHEQUE DE GERENCIA: Es aquel cheque emitido por un banco contra sí mismo.
D
DELEGACIÓN: Dar a una persona o grupo las facultades y poderes necesarias para representar a otra u otras.
DEPÓSITO: Acción mediante la cual una persona física o jurídica deja en una institución financiera, para su custodia y administración una serie de valores.
DEROGAR: Anular.
DOLO: Engaño, fraude.
DORSO: Parte trasera del cheque, haciendo así posible su negación ante un tercero.
E
EFECTIVO: Dinero en monedas o en billetes.
ENAJENAR: Transmitir a otro el dominio de una cosa, propiedad.
ENDOZAR: Es la firma del propietario de un valor en el reverso del título para transferir su propiedad.
ENMENDAR: Corregir.
ENTE: Lo que es, existe o puede existir
ESTATUTO: Norma, regla que tiene valor legal para un cuerpo, una asociación, etc.
F
FACTURA: La factura de compra o factura comercial, es un documento mercantil que refleja toda la información de una operación de compraventa.
FACTURA ELECTRÓNICA: Es el documento que soporta transacciones de venta y/o servicios y para efectos fiscales debe ser expedida entregada aceptada y conservada por medios electrónicos y a través de un proceso de facturación.
FALSIFICAR: Acto consistente en la creación o modificación de ciertos documentos, efectos, productos, bienes o servicios, con el fin de hacerlos parecer como verdaderos o para alterar o simular la verdad.
FIDEDIGNA: Digno de fe y de confianza.
G
GASTOS: Lo que se gasta o se ha gastado.
GIRADO: Persona contra la que se gira una letra de cambio u otra orden de pago.
GIRADOR: Persona o entidad que expide una letra de cambio, un cheque u otra orden de pago.
GIRO: Dinero que se manda por correo.
GLOBALIZACIÓN: Integración de diversas sociedades internacionales en un único mercado capitalista mundial.
GREMIAL: Relativo al gremio.
GREMIO: Asociación de personas que tienen el mismo oficio o profesión.
I
IDONEIDAD: Reunión de las condiciones necesarias para desempeñar una función.
INSCRIPCIÓN: Acción y efecto de inscribir.
INSCRIBIR: Asiento de la deuda pública y el título o documento que consigna el Estado para acreditar dicha obligación.
J
JURÍDICO: Es el hecho, humano, voluntario o consiente y lícito, que tiene por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
L
LETRA DE CAMBIO: Es el título de crédito o de valor formal y completo que contiene una orden incondicionada y abstracta de hacer pasar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en un lugar determinado vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen.
LIBRO PARAFISCAL: Calidad de ciertos ingresos del estado que gozan de una cierta autonomía financiera.
M
MONEDA CORRIENTE: Es la forma de pago defina por la ley de un estado que se ha declarado aceptable como medio de cambio.
N
N.I.T: Número de Identificación Tributaria.
NORMA: Regla de obligado cumplimiento.
NOTA CRÉDITO: Transacción comercial, por medio de la cual un agente económico facilita dinero a un tercero para satisfacer las necesidades de financiamiento que este tenga.
O
ONEROSO: Fraude.
P
PAGARÉ: Es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona-denominada subscriptora- de que pagará a una segunda persona beneficiaria o tenedora, una suma determinada de dinero, en un determinado plazo de tiempo.
PEDIDO: Un pedido, o también llamado orden de compra es una solicitud escrita a un proveedor por determinados artículos por un precio convenido.
PRECEPTOS: Disposición o mandato superior que se debe cumplir.
PRINCIPIO: Se entiende como precepto y reglas que deben ser observados al registrar e informar contablemente sobre los asuntos y actividades de personas naturales y jurídicas.
PROBIDAD: Honradez, honestidad, integridad y rectitud de comportamiento.
PROCESO: Conjunto de operaciones lógicas y aritméticas ordenadas cuyo fin es la obtención de unos resultados determinados.
PROCESO CONTABLE: Todo lo ocurrido en la empresa (referente a su capital) debe ser escrito en el libro diario y posteriormente en el libro general o principal.
R
RECIBO: O constancia de pago, sirve para certificar que se ha pagado por un servicio o producto.
REGISTRAR: Presentarse, matricularse.
REGISTRO MERCANTIL: Es una función que la ley ha asignado a las cámaras de comercio consistente en llevar una matrícula de los comerciantes y sus establecimientos de comercio, así como la anotación de los diferentes actos u operaciones, libros, documentos, que sean de carácter mercantil, o que afecten a la persona del comerciante con el fin de darles publicidad y los efectos jurídicos que la ley señala.
REMISIÓN: Es el formato electrónico del documento con el que se remite una mercancía a un área determinada de la organización que la había solicitado con antelación.
R.U.T: Es un registro numérico a nivel nacional que identifica a todos los contribuyentes del país ya sean personas naturales, jurídicas o entidades y agrupaciones sin personalidad jurídica.
SOPENA: Bajo la pena o castigo.
SUPERINTENDENTE: Persona encargada en la dirección de algo y que ejerce autoridad sobre el resto de las personas. /son organismos encargados de fiscalizar en determinadas actividades económicas y de registros públicos.
T
TAXITIVA: Limitado al sentido preciso de un término.
TRIBUNAL: Es el lugar destinado a los jueces para la administración de justicia y el dictado de sentencias.
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